El debate que nos importa ahora se refiere a las personas, porque de su participación en los hechos se pueden derivar responsabilidades. Decimos que una persona es responsable cuando se le pueden pedir cuentas de los actos que realiza en nombre propio o de otros. Como es obvio, se produce este debate una vez que los hechos han sido aclarados. Por ejemplo, en el caso de la riada que asoló un barrio de Melilla en 1997, además de estudiar las causas y circunstancias de la catástrofe, y tras deliberar sobre las medidas que corrijan sus efectos y eviten que se repita, nos importa saber quién responde de la tragedia. Se discute, pues, si determinada persona o institución es culpable de los hechos en todo o en parte. Es un debate mixto que toca los tres tipos de cuestiones, pues se trata de averiguar si existió participación, cómo hemos de llamarla y qué nos parece, antes de sentarnos a deliberar sobre lo que proceda hacer con el responsable.
Quien interviene en esta polémica no representa el papel de consejero, como en la deliberación, sino el de acusador o defensor. Si acusa, deberá probar:
- que el presunto responsable intervino voluntariamente en los actos bajo un determinado carácter y que su intervención fue significativa para el resultado.
- que transgredió voluntariamente normas establecidas,
- que su actuación es injustificable y que no se deben admitir sus excusas.
El defensor por su parte intentará negar la participación y el abandono de obligación alguna. Si esto no fuera posible, tratará de justificar los hechos, y si no queda otro camino, alegará excusas como ignorancia, obediencia o azar.
1. Conjetural: Si el responsable intervino en los hechos.
2. Nominal: Si transgredió alguna normativa (deber, obligación).
3. Valoración: Si lo que hizo tiene justificación o si caben excusas.
5. Deliberación: Si procede castigar al responsable.
Si el presidente del gobierno conocía, dirigía y amparaba, o no, las escuchas telefónicas.
Las responsabilidades admiten distintos niveles y diversos grados. Unas preceden a los hechos: la del instigador, la del contratista que ladronea materiales, la del ingeniero que no vigila, la del ayuntamiento que consiente viviendas en las ramblas. Otras son contemporáneas a los hechos: la de quien ejecuta el acto, la de sus colaboradores. Otras son posteriores: la del encubridor. En fin, caben responsabilidades por acción o por omisión. El primer paso, pues, consiste en delimitar sobre quién discutimos, cuál fue el momento de su intervención, el grado de responsabilidad que le corresponde y la importancia de ésta. En otras palabras, las cuestiones que pueden surgir son:
- ¿Intervino?
- ¿Lo hizo en el grado que se supone?
- ¿Fue significativa su participación?
El defensor, amparado en las circunstancias del caso, alegará que la intervención de su defendido era imposible; de ser posible, dirá que no es verosímil y, si esto tampoco resulta convincente, que se trata de una acusación sin pruebas. Ya quedó todo esto recogido en la Cuestión Conjetural: estaba de viaje, no se le consultó, carecía de motivos, etc.
La muerte de Clodio no sólo no reporta ningún beneficio a Milón, sino que incuso lo perjudica.- Cicerón
Cuando se trata de intereses públicos, no cuesta mucho trabajo encontrar responsables porque todas las tareas tienen asignado alguno. El problema radica en señalar el nivel de la escala jerárquica en que se detiene la acusación. Cuanto más graves son los problemas con más facilidad se buscan las responsabilidades en los peldaños más elevados del gobierno. Se supone que las decisiones importantes sobrepasan la competencia de los escalones inferiores y han precisado, al menos, la aquiescencia de los superiores.
Esta es una cuestión nominal que responde a la pregunta: ¿qué es esto? ¿cómo hemos de llamar o considerar lo que se ha hecho? Suele pasarse por alto, como sobreentendida, porque toda acusación la presupone: el alumno que ha sustraído libros en la biblioteca de la Universidad, es obvio que se ha saltado las reglas. Sin embargo, cuando las responsabilidades parecen borrosas, conviene señalar qué es lo que se ha hecho mal, porque no todo el mundo conoce las obligaciones de todo el mundo. De otro modo ni podremos calificar los hechos ni sabremos si la actuación es censurable. ¿A qué llamamos negligencia? ¿por qué se dice que estamos ante un caso de negligencia?
Si llamamos lícito lo que establecen las leyes, las costumbres de nuestros antepasados y las instituciones, no lo es, seguramente, conducir un ejército contra la patria.
- Cicerón
En el caso de responsabilidades públicas se sobreentiende que se ha defraudado la confianza de los ciudadanos (voluntaria o involuntariamente), sin la cual ningún gobernante está legitimado para continuar en su puesto. Se pierde la confianza por falta de sinceridad (mentir), capacidad (equivocarse) y, sobre todo, por deshonestidad.
En un enjuiciamiento la valoración es siempre negativa. Cometer un acto ilícito o defraudar la confianza pública conlleva un inevitable repudio. El acusador no precisa insistir en ello salvo para subrayar la gravedad de la trasgresión. Una vez probados los hechos, la carga de la prueba corresponde al defensor. Debe éste intentar modificar la valoración de los hechos justificándolos. Si no lo consigue, intentará salvar al responsable alegando excusas.
A. La justificación: Lo hizo, pero hizo bien.
Se puede buscar por tres caminos:
1. Que se ha actuado de acuerdo con el derecho o la moral. Tenía derecho a hacer lo que hizo.
El agente empleó el arma justificadamente, porque fue en defensa propia.
Se espiaban los teléfonos para atajar una subversión.
Cuando estas cosas ocurrían, nadie protestó.
¿Qué habrías dicho entonces si no se hubiera hecho?
3. Que se escogió el mal menor. Ninguna de las opciones era buena, incluida la omisión. Hubo que escoger la menos mala para evitar un mal mayor: ¿Qué hubiera hecho otro en mi lugar?
Si se puede hoy indicar una opción mejor, o siquiera distinta de la que yo ofrecía, me confieso culpable. Pero si no la hay, si no la hubo nunca, si ahora mismo no se puede presentar otra alguna, ¿qué debía hacer el consejero? ¿No era el caso de elegir el mejor de los proyectos realizables que se ofrecían?
- Demóstenes
El acusador no se conformará con las justificaciones. Examinará si realmente era preferible hacer lo que el acusado confiesa haber hecho, si fue legítimo, lo más útil, o lo menos malo. Si no era más legítimo, o más útil, o menos malo, que hubiera cumplido con su deber. Si era el acusado quien debía juzgar sobre la utilidad, etc.
B. Si caben excusas: Hizo mal, pero puede disculparse.
Cuando no se pueden negar los hechos ni justificarlos, queda el recurso de excusar las intenciones de la persona e invocar su buena voluntad. Aunque, como dice Tito Livio, el ingenio humano es muy fecundo en argumentos cuando trata de justificarse a sí mismo, las opciones principales son:
1. Transferir la culpa es un recurso habitual. Ya en el Paraíso Terrenal Adán cargó la culpa sobre Eva y ésta sobre la serpiente. Se puede culpar a un jefe (alegando obediencia), a las malas compañías, a la influencia ambiental o a la propia víctima de los hechos como provocadora:
No quebrantan una paz los que se defienden, sino los que atacan los primeros.
- Tucídides
El sindicato de pilotos no desea causar ninguna molestia a los pasajeros. La compañía Iberia es la única culpable.
No es raro que se transfiera la responsabilidad a las circunstancias: enajenación mental pasajera, prisas, el mal estado de la carretera…
2. Condiciones irresistibles son aquellas que limitan o anulan nuestra libertad: coacción física o moral, estado de necesidad, miedo.
No quebrantan una paz los que se defienden, sino los que atacan los primeros.
- Tucídides
3. Se atribuyen los hechos al azar o a un accidente para manifestar que los resultados no estaban en nuestras manos ni en nuestra intención. Fue un caso de mala suerte.
El resultado del combate dependía de los dioses, no de mí.
- Demóstenes
Las escuchas telefónicas se realizaban aleatoriamente. Se escuchó al Rey por casualidad.
4. Se apela a la ignorancia de dos maneras: a) porque se carece de competencia: no soy ingeniero, tampoco soy muy listo, me distraigo con facilidad, cometo errores; b) porque no se conocían los detalles del hecho: nadie avisó de la inminencia de la tormenta; ignoraba que el arma estuviera cargada; se me ocultó lo que estaba pasando; traicionaron mi confianza. En España esta justificación ha cobrado forma de sentencia: me enteré por la prensa.
En todos estos casos, el acusador intentará demostrar que las excusas son falsas: la culpa no es transferible, no existió realmente estado de necesidad, no cabe alegar ignorancia o azar. Intentará responsabilizar al acusado por no haber evitado o corregido el estado de necesidad, el peso del azar o su propia ignorancia… etc.
Barbudo— Ya me ha dado usted dos veces con el pie en la espinilla.
Cabra— Ha sido sin querer.
Barbudo— Es que sin querer también me duele.
5. Por último, cuando no se puede alegar ninguna excusa quedan todavía dos recursos: pedir perdón y rechazar al acusador.
Es el momento de alegar los méritos del acusado —sus servicios al Estado, su vida sin mácula— , y sus padecimientos durante el proceso: que ha sufrido mucho, que ha expiado sobradamente su culpa.
A éste, a quien hace poco habéis visto desfilando con las insignias y las ovaciones de la victoria, romanos, ¿sois capaces de verlo con la horca al cuello, atado, azotado y torturado?
- Tito Livio
Naturalmente, la petición de clemencia implica el propósito de enmienda, como señala el cura que expurga la biblioteca de don Quijote:
Quizá con la enmienda alcanzará del todo ese Cervantes la misericordia que ahora se le niega.
La apelación a la misericordia figura en el Diccionario de Falacias: falacia ad Misericordiam.
No cabe a estas alturas negar la acusación, pero no es imposible rechazar al acusador alegando que no es quién para juzgar, que le falta competencia o, más sencillamente, mediante el recurso al Tu Quoque (tú también lo haces):
Bien está sustanciado. Pero vos no tenéis autoridad,de ejecutar la sentencia,que toca a otro tribunal.
Qué procede hacer con el responsable. Llegados a este punto nos introducimos en otro debate porque, evidentemente, se trata de una deliberación. Hemos de resolver sobre lo más justo y lo más útil dentro de lo posible. Ya sabemos cómo se hace.
Bien está sustanciado. Pero vos no tenéis autoridad,de ejecutar la sentencia,que toca a otro tribunal.
En general soy contrario a la eutanasia, pero en el caso concreto del señor Sampedro, estaría de acuerdo en que el juzgado dictamine la no culpabilidad de quienes lo ayudaron a morir.
Ejempo de enjuiciamiento. La muerte de Protesilao
Protesilao fue el primer griego que sucumbió en la guerra de Troya (a manos de Héctor). Estaba recién casado. La escena que sigue transcurre en el Hades, donde los muertos tienen su tertulia. Éaco es uno de los tres jueces de los infiernos, el encargado de ejecutar las sentencias.
Éaco— ¿Por qué te echas encima de Helena, Protesilao, e intentas estrangularla?
Protesilao— Porque por ella, Éaco, morí dejando mi casa a medias y a mi mujer viuda a poco de casarnos.
Éaco— Mejor échale la culpa a Menelao, que es quien os llevó a pelear contra Troya por causa de semejante mujer.
Protesilao— Llevas razón, a él es a quien hay que echarle la culpa.
Menelao— A mí, no, amigo. Es mucho más justo echársela a Paris, quien contra toda justicia raptó a mi mujer pisoteando mi hospitalidad. Ese tipo, no hay duda, bien debiera ser estrangulado, no sólo por tí, sino por todos los griegos, pues es el culpable de tantísimas muertes.
Protesilao— Mejor así, con que, Paris de mierda, no voy a soltarte nunca de mis manos.
Paris— Pues harás muy mal, máxime siendo tú y yo colegas. Yo también soy enamoradizo y víctima del mismo dios que tú. Sabéis bien que esto es algo involuntario y que una especie de duende nos lleva a donde quiere y que no hay forma de resistirse a sus disposiciones.
Protesilao— Llevas razón, ¡ojalá pudiera coger aquí a Eros!
Éaco— Voy a darte yo una justa respuesta en nombre de Eros. Tal vez confesará que resulto ser él culpable de que Paris se enamorara. Pero de tu muerte, Protesilao, no hay otro culpable más que tú, que olvidándote de tu mujer, recién casado, luego de acercaros a Troya, saltaste a tierra antes que los demás, deseoso de correr riesgos, ofuscado, inundado de un afán de gloria por el que moriste el primero en el desembarco.
Protesilao— Pues en mi propio nombre, Éaco, te voy a contestar yo algo más justo todavía. No fui yo el culpable de esos sucesos, sino el Destino, que así lo tenía tramado desde el principio.
Éaco— De acuerdo. ¿Por qué, pues, estás acusando a esos?